¿Qué hará la Corte Constitucional con las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional?

Corte suspendió artículos clave de las leyes de Inteligencia, Solidaridad e Integridad Pública impulsadas por el oficialismo. Gobierno y Asamblea deben defenderlas ante los jueces, aunque ya los descalificaron públicamente

La Corte Constitucional admitió a trámite tres demandas de inconstitucionalidad contra leyes urgentes impulsadas por el Gobierno de Daniel Noboa y suspendió de forma provisional 17 artículos por considerar que podrían afectar derechos fundamentales.

Se trata de partes de la Ley de Solidaridad Nacional, la Ley de Inteligencia y la Ley de Integridad Pública, aprobadas por mayoría oficialista en la Asamblea. Estas normas ya acumulaban 34 demandas en su contra.

Entre los artículos suspendidos hay disposiciones sobre espionaje sin orden judicial, doble identidad de agentes, acceso a datos personales y hasta el polémico “indulto anticipado” a militares, cuestionado por abrir la puerta a la impunidad.

¿Qué hará ahora la Corte?

La Sala de Admisiones tomó estas medidas cautelares tras verificar que las demandas cumplían con los requisitos legales. Ahora el proceso sigue así:

  • La Corte sorteará un juez ponente para cada causa.

  • Ejecutivo y Legislativo tienen 15 días para defender públicamente sus leyes ante la Corte.

  • Se deberá realizar una audiencia constitucional para escuchar los argumentos de las partes.

  • El Pleno de la Corte deberá emitir una sentencia definitiva, que podría declarar o no la inconstitucionalidad de los artículos suspendidos.

Además, la Corte pidió alterar el orden cronológico del resto de causas para priorizar estas tres demandas.

¿Qué respondió el Gobierno?

La ministra de Gobierno, Zaida Rovira, y el presidente de la Asamblea, Niels Olsen, arremetieron públicamente contra los jueces constitucionales por tramitar las demandas.

Ambos, acompañados por policías y militares, acusaron a los magistrados de obstaculizar leyes clave para la seguridad. En sus palabras, nueve jueces “entronados” no pueden frenar las decisiones del Estado.

Rovira cuestionó incluso que los jueces “deliberen desde sus despachos” en lugar de estar en la calle resolviendo los problemas del país.

¿Por qué la Corte frenó estas leyes?

Según los magistrados, los artículos suspendidos implicaban un riesgo inminente y posiblemente irreversible para derechos como:

  • Intimidad y protección de datos personales.

  • Inviolabilidad de la correspondencia.

  • Acceso a la justicia y debido proceso.

  • Independencia judicial.

  • Derechos de víctimas y familiares en crímenes graves.

¿Qué se frenó específicamente?

Ley de Inteligencia:

  • Acceso a datos de operadoras sin orden judicial.

  • Incineración de documentos clasificados.

  • Agentes con doble identidad.

  • Vigilancia sin control judicial.

Ley de Solidaridad:

  • Definiciones amplias sobre grupos armados.

  • Indulto anticipado para Fuerzas Armadas.

  • Reconocimiento del conflicto armado vía decreto presidencial.

Este último punto deja en el aire el decreto 55, con el que Noboa reconoció oficialmente la existencia de un conflicto armado interno, pese a que la Corte ya había señalado que no se requiere tal decreto.

¿Qué viene?

El oficialismo deberá justificar sus leyes ante la Corte. Mientras tanto, Noboa anunció una nueva consulta popular, que incluiría la posibilidad de enjuiciar políticamente a jueces constitucionales.

Es decir, el enfrentamiento entre el Gobierno y la Corte está apenas empezando. Y las tres leyes urgentes están, por ahora, bajo revisión.

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