Corte frena artículos clave por inconstitucionales

La Corte Constitucional suspende de forma provisional varios artículos de las leyes de Inteligencia, Integridad y Solidaridad Nacional.

La Corte Constitucional del Ecuador informó este lunes 4 de agosto de 2025 que admitió varias demandas de inconstitucionalidad y ordenó la suspensión provisional de 17 artículos pertenecientes a tres leyes recientemente aprobadas: la Ley de Integridad Pública, la Ley de Solidaridad Nacional y la Ley de Inteligencia.

Dos de estas normas fueron presentadas por el presidente Daniel Noboa con carácter de económico urgente, mientras que la tercera fue propuesta desde la Asamblea Nacional.

Según el comunicado oficial, estas decisiones se enmarcan en la fase de admisibilidad de las acciones públicas de inconstitucionalidad y buscan prevenir posibles afectaciones a derechos fundamentales. La Corte aclaró que se trata de medidas técnicas y jurídicas, que no representan aún un pronunciamiento definitivo sobre el fondo de los casos.

¿Qué artículos fueron suspendidos?

Ley de Integridad Pública
El Tribunal de Admisión ordenó la suspensión de la disposición transitoria decimoprimera. Esta establecía un plazo de 90 días para que la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria identificara qué cooperativas de ahorro y crédito debían transformarse en bancos. La disposición fue impugnada por representantes del sector cooperativo.

Ley de Inteligencia
En el caso número 86-25-IN, la Corte suspendió los artículos 5, 13, 22, 41, 42, 43, 47, 48, 50, 51, 52 y 55, los cuales incluían disposiciones que obligaban a personas naturales y empresas a entregar información al Gobierno, incluyendo operadoras telefónicas.
También se suspendieron los artículos 9, 16, 17, 25, 33, 34, 35, 36 y la disposición general primera del reglamento correspondiente a esta ley.

Ley de Solidaridad Nacional
En el caso número 57-25-IN, se suspendieron los artículos 6, 9, 13 y 14. Estos abordaban definiciones y competencias relacionadas con el conflicto armado interno, los grupos armados organizados, el indulto presidencial diferido y la calificación de bienes como objetivos militares.

¿Quiénes tomaron la decisión?

La resolución sobre la Ley de Integridad y la Ley de Inteligencia fue tomada por el Primer Tribunal de la Sala de Admisión, conformado por los jueces Alí Lozada, Alejandra Cárdenas y Raúl Llasag (quien reemplazó a la jueza Teresa Núques).
La suspensión en el caso de la Ley de Solidaridad fue dictada por el Segundo Tribunal, integrado por José Luis Terán, Jorge Benabides y Jhoel Escudero.


La Corte indicó que continuará procesando el resto de demandas conforme al orden en que fueron presentadas y bajo estricto cumplimiento de los procedimientos constitucionales.

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