La Corte Constitucional decidirá si admite la propuesta de Noboa para aplicar castración química a violadores.
El presidente Daniel Noboa presentó, el 11 de julio de 2025, una nueva propuesta de reforma constitucional con el objetivo de permitir la aplicación de la castración química a personas condenadas por violación. Esta medida forma parte de su estrategia para endurecer las sanciones contra los delitos violentos en el país.
Antes de enviar el proyecto a la Corte Constitucional, el mandatario publicó en su cuenta de X:
«Pensaron que el poder los iba a proteger. Como antes, como siempre. Esta vez no: los violadores merecen la castración química y pagar con la cárcel.»
La Corte debe ahora pronunciarse sobre la admisibilidad de la propuesta. Si da luz verde, el siguiente paso será el debate en la Asamblea Nacional. Sin embargo, el proceso podría detenerse si el organismo constitucional considera que la iniciativa no cumple con los requisitos establecidos.
Actualmente, el delito de violación en Ecuador contempla penas de entre 19 y 22 años de prisión, que pueden aumentar en presencia de agravantes. No obstante, la propuesta de Noboa plantea incorporar un mecanismo adicional: la castración química, un tratamiento médico que reduce el deseo sexual a través de medicamentos hormonales.
Esta es la primera vez que una iniciativa de este tipo se presenta de manera formal en el país. En 1996, el expresidente Abdalá Bucaram fue el primero en sugerir la castración química, pero nunca llegó a enviar un proyecto oficial al entonces Congreso Nacional. Bucaram incluso propuso el regreso de la pena de muerte para delitos como violación o asesinato de menores, pero enfrentó una fuerte oposición, sobre todo de sectores religiosos.
Durante la campaña electoral de 2025, varios candidatos también mencionaron la castración química como parte de sus propuestas, aunque sin llegar a formalizar un proyecto concreto.
Con esta nueva propuesta, Noboa reabre el debate sobre el tipo de sanciones aplicables a delitos sexuales graves y hasta qué punto el Estado puede intervenir en la integridad física de quienes los cometen.
