La Asamblea evalúa ley que permite interceptar llamadas sin orden judicial.
Proyecto de Ley de Inteligencia: ¿Adiós a la autorización judicial para interceptar llamadas?
El pleno de la Asamblea Nacional tiene prevista para este martes una sesión clave donde se debatirá y posiblemente aprobará un polémico proyecto de ley de inteligencia que elimina la necesidad de una orden judicial para que los organismos de inteligencia intercepten llamadas telefónicas, abran documentos o realicen otras acciones dentro de sus operaciones encubiertas.
Actualmente, la Ley de Seguridad Pública y del Estado exige que para estas actividades se solicite autorización motivada al presidente o presidenta de la Corte Nacional de Justicia, asegurando así un control judicial. Sin embargo, el proyecto que se votará propone derogar este requisito, lo que ha generado alerta en sectores como el Partido Social Cristiano (PSC). El legislador Alfredo Serrano advirtió que esta eliminación podría violar derechos constitucionales, como el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones.
Por su parte, el Gobierno, a través de su vocera Carolina Jaramillo, defiende la iniciativa como un paso necesario para fortalecer la lucha contra el crimen organizado y la seguridad nacional, destacando que el proyecto crea un marco legal actualizado y sólido para la inteligencia estratégica en Ecuador.
¿Qué incluye la nueva Ley de Inteligencia?
El proyecto consta de 58 artículos y establece la creación del Sistema Nacional de Inteligencia, que integrará subsistemas de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, análisis financiero, Casa Militar, aduanas, sistema penitenciario, entre otros, bajo la coordinación del presidente de la República.
Este sistema tendrá la misión de realizar operaciones de inteligencia y contrainteligencia para anticipar, prevenir y neutralizar amenazas a la seguridad del Estado, asesorando a los altos niveles de gobierno.
Control y manejo de fondos especiales
El Sistema Nacional de Inteligencia dispondrá de un fondo permanente para gastos especiales, incluido en el Presupuesto General del Estado. Aunque el monto total será público, los detalles específicos de las asignaciones y movimientos bancarios serán clasificados para proteger la seguridad de las operaciones. El Contralor General del Estado tendrá la única facultad para fiscalizar estos gastos durante el periodo correspondiente, sin interferencia de otras instituciones.
Transparencia y rendición de cuentas
Para garantizar cierto nivel de supervisión, la entidad rectora del sistema deberá rendir cuentas anualmente ante una comisión especial de la Asamblea Nacional. Estas sesiones serán reservadas y la información manejada tendrá un alto nivel de confidencialidad, acorde con la sensibilidad del material.
Personal especializado y tecnologías autorizadas
La ley regula el trabajo de los “especialistas de inteligencia”, quienes estarán capacitados para ejecutar operaciones de inteligencia y contrainteligencia utilizando técnicas de cobertura y protección personal. También podrán obtener identidades nuevas a través del Registro Civil para el cumplimiento seguro de sus funciones.
Además, se autoriza el uso de tecnologías avanzadas en el espectro electromagnético y el ciberespacio para recopilar y analizar información crítica para la seguridad del país.
Este proyecto marca un cambio significativo en la regulación de la inteligencia estatal en Ecuador, generando debate sobre el equilibrio entre seguridad nacional y derechos fundamentales. El resultado de la votación de este martes definirá el rumbo de esta normativa.
