¡Adiós al bono a los 60! Solo habrá pago a los 65

La nueva ley no sube la edad de jubilación, pero limita el bono.

En redes sociales circulan afirmaciones incorrectas sobre un supuesto aumento en la edad de jubilación del sector público con la aprobación de la Ley Orgánica de Integridad Pública. Sin embargo, la normativa no modificó la edad legal para jubilarse, sino que introdujo cambios puntuales sobre el acceso al incentivo económico por retiro voluntario.

La edad de jubilación ordinaria en Ecuador se mantiene sin cambios: los ciudadanos pueden jubilarse desde los 60 años si cuentan con al menos 360 aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Para los servidores públicos, la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) ya establecía que el retiro voluntario es posible a partir de los 65 años y el obligatorio a los 70.

Lo que sí se reformó fue el acceso al incentivo económico por jubilación anticipada. Antes de esta ley, aunque no existía una disposición explícita en la LOSEP, los funcionarios públicos podían recibir una compensación si se jubilaban desde los 60 años, gracias a interpretaciones legales basadas en la Ley de Seguridad Social. Con la nueva normativa, la LOSEP establece de forma clara que dicho beneficio solo será entregado si el retiro ocurre desde los 65 años en adelante.

Esto significa que una persona aún puede jubilarse desde los 60 años, siempre que cumpla con los requisitos del IESS, pero ya no podrá recibir la compensación económica estatal si decide retirarse antes de los 65.

La reforma se limita exclusivamente al sector público y no afecta a la Ley de Seguridad Social. Además, se mantiene una excepción para los docentes universitarios, quienes pueden continuar en funciones hasta los 75 años.

Expertas en derecho administrativo y laboral, como Soledad Serrano y Vannesa Velásquez, han confirmado que la ley no modifica la edad de jubilación, pero sí establece nuevas condiciones para acceder al incentivo, lo que puede motivar a los funcionarios a postergar su retiro voluntario.

La Ley Orgánica de Integridad Pública fue publicada oficialmente en el Registro Oficial el 27 de junio. Además de regular el tema de jubilaciones, la norma introduce cambios en la administración pública, como la inclusión de evaluaciones de desempeño para obtener estabilidad laboral y la eliminación de restricciones al uso de la figura de libre nombramiento y remoción.

Actualmente, según datos del IESS, más de 722 mil personas son pensionistas o beneficiarios de pensión de montepío en el país.

Conclusión: La ley no sube la edad de jubilación, pero sí limita el pago del incentivo económico. Solo quienes se retiren a partir de los 65 años en el sector público podrán acceder a esta compensación, aunque sigue siendo legal jubilarse desde los 60 años si se cumplen los requisitos establecidos.

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