¿Perdón al abuso?, incógnitas del indulto presidencial

Si bien se busca dar una respuesta rápida en un escenario de excepción, sin un sistema riguroso de control y evaluación de casos, corre el riesgo de institucionalizar la impunidad.

Con 84 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate la controvertida Ley de Solidaridad Nacional, cuyo artículo 14 incorpora una figura jurídica inédita en el país: el indulto presidencial con efecto diferido. La normativa ya fue remitida al Ejecutivo y se enmarca en el Decreto 111, expedido por el presidente Daniel Noboa el 9 de enero de 2024, en el contexto del conflicto armado interno.

La nueva disposición permite que el presidente de la República indulte por razones humanitarias o de interés público excepcional a personas procesadas penalmente por hechos relacionados directamente con el conflicto. A diferencia de un indulto tradicional, este suspende la prisión preventiva y se hace efectivo únicamente cuando exista sentencia ejecutoriada, lo que pretende evitar su inconstitucionalidad, como admitieron legisladores del Partido Social Cristiano.

Este indulto solo podrá aplicarse en tres circunstancias específicas:

  1. Cuando los hechos imputados correspondan a actos realizados en cumplimiento del deber, durante operaciones frente a grupos armados organizados.

  2. Cuando la persona procesada padezca enfermedades graves y certificadas por la autoridad sanitaria.

  3. Cuando el procesado haya colaborado de manera significativa con la justicia.

A primera vista, la medida parece responder a necesidades operativas y humanitarias dentro de un escenario bélico. Sin embargo, varios juristas y defensores de derechos humanos han levantado serias alertas.

¿Perdón anticipado disfrazado?

Julio César Cueva, abogado penalista, subraya que un indulto implica siempre el reconocimiento de una pena impuesta. Por ello, sostiene que hablar de indulto antes de una sentencia es un contrasentido jurídico. “El problema es que ahora se otorga una especie de carta blanca. Basta con que se afirme que la acción fue parte de un operativo para que se aplique esta figura”, advirtió.

Cueva teme que este blindaje legal incentive excesos en el uso de la fuerza pública: “Podría volverse una política pública de impunidad de facto”.

“Cheque en blanco” para servidores públicos

Desde el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), el abogado Abraham Aguirre alerta que esta figura podría volverse “sumamente peligrosa” en el contexto actual, donde se han detectado vínculos entre agentes del orden y redes del crimen organizado.

“Vemos a diario a policías y militares capturados en flagrancia. Este tipo de indulto podría volverse un espaldarazo para violar derechos humanos con la venia del Estado”, dijo, y enfatizó la necesidad urgente de reformas estructurales y controles efectivos en las fuerzas del orden.

¿Legitimidad o abuso?

Aunque los defensores del proyecto argumentan que se trata de una herramienta para reconocer el trabajo de las fuerzas del orden en un escenario de guerra no convencional, los vacíos legales y los amplios márgenes de discrecionalidad abren la puerta a posibles abusos.

La figura del indulto diferido, tal como está redactada, carece de contrapesos institucionales claros que garanticen que no será utilizada para proteger a agentes involucrados en violaciones de derechos humanos o delitos comunes.

Además, la preocupación se extiende al plano político. Organismos como la Fiscalía General del Estado podrían quedar desincentivados de investigar posibles delitos si, al final del proceso, el castigo será simbólico o nulo.

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